Registro de Restaurante en Inglaterra VAT
Si ya estás decidido a crear tu restaurante en Inglaterra o en cualquier parte del Reino Unido UK y tienes más o menos claros los impuestos para trabajadores en UK o los Impuesto de Sociedades y el IVA Inglés, es hora de que registres tu restaurante en Inglaterra en el VAT.
A continuación tienes una Guía para Registrar tu restaurante en Inglaterra (VAT)
La normativa de la legislación inglesa en materia de VAT, «Sch 1, VATA 1994», establece que una empresa inglesa no estará obligada a registrarse en el VAT, hasta que el volumen de facturación a lo largo de los 12 últimos meses de actividad, no supere las 83000 GBP.
En el caso de superar dicho límite, la empresa debería registrarse en base a dos posibles test (Historic Test o el Future Test).
A lo largo del proceso de solicitud, HMRC (la hacienda inglesa) enviará dos cuestionarios:
- El primero es muy sencillo, y solo piden una descripción del negocio, dirección de la sociedad, número de cuenta bancaria,……
- El segundo cuestionario, es algo más especifico, y consiste en unas 8-10 preguntas (depende del tipo de negocio). Las preguntas más importantes, siempre se repiten, y consisten en solicitar facturas de venta y/o compra (unas 2 o 3), extractos bancarios que demuestren esos pagos, página web, o cualquier método utilizado para atraer a posibles clientes. En el caso de no tener facturas, un contrato con los proveedores o clientes es también valido.
El plazo de obtención puede variar, llegando a las 3-6 semanas (en el peor de lo casos).
Una vez obtenido el número de VAT, las presentaciones deben realizarse de manera trimestral (aunque la duración del primer periodo la establecerá HMRC).
Por ejemplo, para un periodo que iría del 01/03/2015 al 31/05/2015, la fecha límite de presentación y pago sería el 7 de julio de 2015.
CIS: En el caso del CIS, habría que registrarte como contratista y subcontratista.
Subcontratista: Al registraros como subcontratista, la retención que se te aplicaría como subcontratista sería del 20%.
El periodo fiscal en UK, va del 06/04/X al 05/04/X+1
A partir del mes de abril del X+1, solicitariamos que te devolvieran la retención realizada.
Si durante el año, estas al día con todos tus pagos, en el siguiente periodo, podríamos solicitar el GROSS PAYMENT 0%.
Contratista:El periodo fiscal en UK, va del 06/04/X al 05/04/X+1
La devolución de CIS se hace mensualmente (ie para el periodo de junio- Del 06/01/2014 al 05/02/2014).
Por tanto, si me registrara el 1 de enero, el primero periodo a presentar sería del 06/12/2013 al 05/01/2014
La presentación debe incluir todas las facturas abonadas (ojo, no recibidas) durante cada periodo.